Lecciones del Protocolo de Montreal para preservar la vida

Por: Mtro. César Daniel Diego Chimal

Las interacciones del sistema Tierra son tan complejas como sorprendentes aún para quienes dedican su vida a comprenderlas. Adentrarse en su estudio significa reconocer las múltiples esferas que envuelven y se interconectan entre los procesos biofísicos, biológicos y biogeoquímicos con los ámbitos social, jurídico, político y económico, lo cual abre una veta de análisis inagotable, ya que como como diría Carl Sagan: “la riqueza del Cosmos [del planeta podríamos ceñirnos nosotros y nosotras] lo supera todo: riqueza en hechos elegantes, en exquisitas interrelaciones, en la maquinaria sutil del asombro” (Sagan, 1978).

En este orden de magnitud no deja de sorprender que una ligera “capa” en la estratósfera compuesta en un 78% por moléculas de nitrógeno, en un 21% de oxígeno y en una porción minúscula de otros gases como el Argón y el Ozono, sea la responsable de evitar que la radiación ultravioleta (Uv-B) emitida por el Sol llegue a la superficie terrestre y provoque en la salud humana afecciones como el cáncer de piel, problemas oculares, debilitamiento del sistema inmunitario e incluso el aumento de enfermedades infecciosas y parasitarias (Yamada Tanaka, 1999). De ahí la importancia por comprender que la capa de ozono es, como un sinfín de procesos, esencial para la preservación de la vida sobre el planeta y su destrucción implica un riesgo existencial para la humanidad.

Es por ello que, cuando en 1974 los científicos Sherry Rowland y Mario Molina publicaron en la revista Nature que gases emitidos por actividades industriales llamados clorofluorocarbonos (CFC) estaban dañando la composición de la capa, su investigación causó gran eco dentro y fuera de la comunidad científica internacional (Molina y Rowland, 1974). A pesar de los detractores, experimentos posteriores confirmaron su hallazgo y lo convirtieron en un conocimiento políticamente útil para emprender el difícil pero necesario camino para crear una regulación internacional que los limitara. Desde entonces el tema ha sido de enorme relevancia en la agenda global para delinear acciones y revertir lo que, para ese momento, ya era un problema que avanzaba a gran velocidad.

Las primeras negociaciones intergubernamentales comenzaron en 1981 y lograron, en 1985, la adopción del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, cuya obligación general, según cita el documento, es “tomar las medidas apropiadas para proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la capa de ozono” (Convenio de Viena, 1985). Para conseguir estos resultados, los Estados se comprometían a la cooperación y el intercambio de información, la creación de órganos internacionales competentes y la alineación de la normatividad interna de las partes para legislar y administrar las actividades que ponen en riesgo el objeto del convenio.

Una primera lección que debería tomarse en cuenta para enfrentar el problema del cambio climático, usando como referente la protección de la capa de ozono, es que entre la creación del documento base que reconoce el problema y la generación de un instrumento que permita la aplicación de medidas concretas el tiempo es vital y no permite indecisiones. Aunque el Convenio de Viena no entró en vigor hasta 1988, en 1987 los países ya habían firmado el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, el cual alcanzó las ratificaciones necesarias tan solo dos años más tarde en 1989. Así, en menos de una década, existió un marco normativo aplicable para que los Estados firmantes encaminaran los esfuerzos a detener la destrucción de la capa de ozono.

En contraposición, el cambio climático fue reconocido en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) en 1992 pero el instrumento para su aplicación no surgió hasta el Protocolo de Kyoto en 1997 y su entrada en vigor se demoró ocho años más hasta el año 2005. Aún hoy, el Acuerdo de París es inoperante en cuanto a sus mecanismos para contrarrestar la magnitud de las causas del colapso bioclimático capitalogénico que avanza aceleradamente.

 Pero la mayor lección es la que da el propio texto del Protocolo de Montreal ya que, a pesar de no ser un tratado con medidas coercitivas, estableció las pautas necesarias para lograr su cumplimento. Aunque no puede ignorarse que la reducción de CFC en procesos industriales para el enfriamiento — de frigoríficos o aires acondicionados—, la producción de plásticos —como el poliuretano y el poliestireno— o los propelentes de aerosoles no representa una transgresión a los pilares de acumulación del capitalismo fósil, como si lo hacen las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), desde una lógica irracional de mercado la sustitución no era redituable en el corto plazo por lo que no existía, genuinamente, un deseo por modificar la producción, sino que ésta vino de la legislación. Ello representa la segunda lección de Montreal, el sentido de urgencia que debe primar en las negociaciones hacia economías sustentables no puede ni debe dejarse en manos de aquellos que han desencadenado la catástrofe, la legislación es un instrumento para frenar la asimetría de poder frente a las élites omnicidas.

En este sentido el Protocolo esgrime dos aspectos que, desde una visión particular, son la clave del éxito conseguido. El primero de ellos es tanto la diferenciación clave de las sustancias que afectan la capa de ozono como de las partes firmantes. Esta situación, aunque técnica, permite vincular la emisión con el proceso y, por ende, poner mayor atención en las medidas que pueden tomarse y no sólo en quién puede tomarlas. Desde la perspectiva climática el principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas ha sido el sostén para hablar de las desiguales en cuanto a emisiones, pero por qué no hablar de los derechos diferenciados pero comunes; ¿acaso una sociedad subyugada históricamente no posee el mismo derecho de disfrutar un desarrollo pleno en cuanto a la satisfacción de sus necesidades? negar que un país periférico pueda poseer soberanía sobre sus recursos bajo el discurso de la preservación es acrecentar la brecha de inequidad.

Por ello, a razón del presente planteamiento, diferenciar los CFC y su potencialidad de afectación a la capa de ozono y a los países en “situación especial en desarrollo” permitió una legislación que se enfocara en la actividad y no únicamente en la capacidad de los Estados firmantes. De esta manera se establecieron cuotas progresivas y ambiciosas en el tiempo para la reducción de los CFC, lo que incentivó que la cooperación en materia financiera y tecnológica tuviera que prevalecer para buscar la sustitución de procesos industriales y no sólo la reubicación de ellos.

Pero, sin lugar a duda, el artículo que debería generar una lección particular de la aplicación del Protocolo es el cuarto; ningún tratado en materia ambiental puede esgrimirse como vinculante, es decir, que establezca mecanismos para obligar a las partes contratantes a cumplir sus compromisos —más allá de la buena fe que debe guiar la propia firma—. Si bien la condición vinculante se ha presentado en la actualidad como una urgencia en las negociaciones climáticas, pensar que los Estados accederán en el corto plazo a sujetarse a mecanismos de este tipo resultaría idealista. El Protocolo de Montreal, sin embargo, puede presentarse como pionero en el establecimiento de una medida para formar parte del acuerdo, ya que el artículo mencionado indica que: “al 1 de enero de 1990, toda Parte prohibirá la importación de las sustancias controladas que figuren en el Anexo A procedente de cualquier Estado que no se Parte en el presente Protocolo” (Protocolo de Montreal, 1987). De forma indirecta se obliga a la comunidad internacional a formar parte y, por ende, a cumplir con la reducción de los compuestos CFC. Aunque parece una situación mínima cabe la reflexión ¿qué pasaría si los acuerdos climáticos estipularan restricciones al comercio frente a países que no cumplen con sus compromisos de reducción o que no formen parte de estos?

En el contexto del colapso bioclimático y la degradación ecológica la recuperación de la capa de ozono no puede ser más que una excelente noticia para la humanidad. A pesar de los contratiempos el pasado 16 de septiembre, Día Mundial del Ozono, el Secretario de Naciones Unidas António Guterres expresó: “el Protocolo de Montreal nació como un mecanismo para proteger y curar la capa de ozono. [La cual] está en camino de recuperarse. La cooperación es exactamente lo que se necesita ahora para frenar el cambio climático, una amenaza igualmente existencial para nuestras sociedades” (ONU México, 2021). Una declaración que se sustenta en las investigaciones que tanto la Organización Meteorológica Mundial (OMM) como el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) han apoyado al sustentar con evidencia científica que el agujero en la capa de ozono se ha recuperado.

De Montreal a Glasgow —sede de la próxima COP sobre cambio climático— las lecciones podrían sintetizar en tres: 1) Los marcos generales de reconocimiento del problema no bastan de no existir mecanismos claros para su ejecución y cumplimiento, 2) la voluntad política puede ser loable pero sin instrumentos que la guíen es incapaz de encontrar soluciones reales a problemas concretos y 3) cualquier instrumento jurídico que emane de acuerdos internacionales debe basarse en un conocimiento científico políticamente útil para enfrentar los problemas de manera transversal. Las lecciones no siempre permiten replicar la historia, pero de no observarse, las consecuencias podrían ser devastadoras.

Fuentes de consulta

Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono (1985), Dirección URL; https://ozone.unep.org/sites/default/files/2019-09/VC_Handbook_2006_Spanish.pdf

Molina, M., Rowland, R. (1974), “Stratospheric sink for chlorofluoromethanes: chlorine atom-catalyzed destruction of ozone”, Nature, 249, pp. 810-812.

ONU México (2021), Mensaje del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, António Guterres, con motivo del Día Internacional de la Preservarción de la Capa de Ozono, Dirección URL; https://www.onu.org.mx/actuando-juntos-todo-es-posible/

Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (1987), Dirección URL; https://observatoriop10.cepal.org/sites/default/files/documents/treaties/mp-handbook-2016-spanish.pdf

Sagan, Carl (1980) en César Tomé López, ¿Asombro? Asombro, ¿de qué?, Cuaderno de Cultura Científica, Naukas, Dirección URL; https://culturacientifica.com/2015/08/28/asombro-asombro-de-que/

Yamada Tanaka, L. (1999), “El futuro de la capa de ozono”, Revista de Hidráulica y termofluidos, 1(1), pp. 23-24.

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